Preguntas Frecuentes

Registro de Información Social (RIS)

1) ¿Qué es el Registro de Información Social (RIS)?


El Registro de Información Social es el banco de datos de información social, creado por el artículo 6° de la Ley N° 19.949. Está diseñado, implementado y administrado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, cuya finalidad es proveer de la información necesaria para la asignación y racionalización de las prestaciones sociales que otorga el Estado, como también el estudio y diseño de políticas, programas y prestaciones sociales, planes de desarrollo local y los análisis estadísticos que la administración requiera de las prestaciones sociales.

2) ¿A qué se refiere el término “información”?


Con información nos referimos a los datos de las familias e individuos que actual o potencialmente sean personas beneficiarias de prestaciones y programas públicos, de los beneficios que obtengan de los mismos y de sus condiciones socioeconómicas, de acuerdo a la información que disponga el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, de la que a su requerimiento le deberán proporcionar las demás entidades públicas y las que administren prestaciones sociales creadas por Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° de la ley N° 19.949.

3) ¿Quiénes son los organismos participantes?


Son organismos participantes las municipalidades y entidades públicas o privadas que administran prestaciones sociales creadas por Ley, que hayan suscrito el convenio de colaboración y conectividad al Registro, para los cuales estará disponible la información contenida en el Registro, para los efectos establecidos en el artículo 6° de la ley N° 19.949.

4) ¿A qué se refiere el término “Convenio”?


El convenio es un acuerdo de voluntades suscrito por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, y una institución de aquellas a que se refiere la letra d) del Decreto Supremo N°160 de 2007 (Municipalidades y entidades públicas o privadas que administran prestaciones sociales creadas por ley), cuyo objeto es asegurar y regular el traspaso fidedigno y confiable de los datos que sean necesarios para la información contenida en el Registro.